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Aprueban proyecto de Ley que elimina la homosexualidad como causal de divorcio culposo

La Cámara aprobó durante esta jornada el proyecto de ley que suprime la causal de conducta homosexual en el divorcio por culpa.

Divorcio Por Culpa
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Durante esta jornada la cámara de Diputados y Diputadas aprobó, por 119 votos a favor, siete en contra y cinco abstenciones, el proyecto que suprime la causal de conducta homosexual en el divorcio por culpa.

DIvorcio Culposo
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Esto con el fin de buscar una forma de terminar con la discriminación de las personas por su orientación sexual. La norma contó con un informa de la Comisión de mujeres y Equidad de Género.

Lo que se plantea en el informe es que la conducta homosexual se refiere a la orientación sexual del individuo, siendo necesaria la comisión de actos calificados como homosexuales.

Esto lo que quiere decir que es el cónyuge haya violado su deber de fidelidad, no valiendo los meros pensamientos o el fuero interno del individuo, para determinar el divorcio por culpa.

¿Qué se busca mejorar con esta nueva normativa?

Lo que busca esto es, que la orientación sexual de una persona no produzca efectos jurídicos, especialmente si esto significa una adjudicación de culpa.

La normativa aprobada contempla suprimir la causal de divorcio culposo por homosexualidad, que está establecida en el artículo 54 de la Ley 19.957 sobre Matrimonio Civil.

Al ser aprobada esta ley, el divorcio solo podrá ser demandado por uno de los cónyuges, solo cuando incurra en una violación grave de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio.

Así como también con los hijos, tornando intolerable la vida en común.

Causales de divorcio

-Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuge o de alguno de los hijos.

-Trasgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad propios del matrimonio. El abandono continuo o reiterado del hogar común.

-Condena ejecutoriada por la comisión de alguno de los crímenes o simples delitos contra el orden de las familias y contra la moralidad pública. También en contra de las personas que involucre una grave ruptura de la armonía conyugal.

-Alcoholismo o drogadicción, que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre estos y los hijos.


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