Debido al masivo aumento de virus respiratorios circulando en el país por la llegada de las bajas temperaturas, es que el Ministerio de Salud (Minsal) ha decidido que el uso de mascarillas será obligatorio a contar de una determinada fecha y en lugares específicos.
Y es por este motivo que en la Radio de los Dos te contamos todo lo que debes saber al respecto para evitar multas. Desde cuáles son los únicos tres modelos permitidos para evitar contagios hasta cuándo comienza a correr esta iniciativa.
La medida fue revelada por Ximena Aguilera y se mantendrá hasta mediados de año con el propósito de potenciar el autocuidado.
Además, se destacó que la implementación de la mascarilla busca impedir un incremento de virus como: la influenza, rinovirus, COVID-19 y Virus Respiratorio Sincicial (VRS).
Sigue a FMDOS.CL en Google Discover
Recibe nuestros contenidos directamente en tu feed.
Uso de mascarilla obligatorio en Chile: ¿En qué lugares la debo usar y desde cuándo?
Según lo revelado por la ministra de Salud, Ximena Aguilera, el uso de mascarilla será obligatorio en los servicios de urgencia de centros asistenciales públicos y privados desde el próximo 15 de abril hasta el 31 de agosto.
“Las salas de urgencia son un lugar de aglomeración, viene gente que está enferma, viene gente con otras enfermedades y no nos interesa que se produzca una ampliación de la transmisión en las salas de espera de las salas de urgencia”, expresó en dicha oportunidad la hija del locutor Pablo Aguilera.
La autoridad sanitaria también manifestó la importancia de otras medidas para prevenir el contagio de enfemerdades respiratorias, como el lavado frecuente de manos, evitar aglomeraciones y mantener los lugares con una buena ventilación natural.
¿Cuáles son las multas que podría tener por no respetar el uso obligatorio de mascarillas?
De acuerdo al artículo 318 del Código Penal, se establece que las personas que no usen mascarillas en los lugares establecidos tendrán sanciones que van desde presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 541 días a 3 años y un día de cárcel) o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales (casi $410 mil a poco más de $13 millones y medio), por poner en peligro la salud pública.
