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¿Hasta cuando dura el Estado de Excepción en Chile?

Ante las medidas de las autoridades para controlar la pandemia, muchos se preguntan hasta cuándo dura el Estado de Excepción en el país.

estado de excepcion en chile

El pasado domingo el presidente Sebastián Piñera se refirió a las herramientas que han usado como Gobierno para enfrentar la crisis sanitaria por el Covid-19. Dentro de estas, destacó el Estado de Excepción en Chile.

Este fue establecido el 18 de marzo de 2020 y dura hasta el próximo 30 de junio. Recordemos que Gobierno puede prolongarlo por otros 3 meses más, lo que luego tiene que ser aprobado o no por el Congreso.

¿Qué significa el Estado de Excepción en Chile?

De acuerdo a lo informado en la Biblioteca Nacional del Congreso, este Estado de Excepción es usado en el caso de calamidad pública dentro de una zona geográfica, que puede generar un grave daño al desarrollo de la vida social y la economía, lo que la pandemia ha hecho.

Esta medida se puede usar en distintas circunstancias también, desde sismos, inundaciones, sequías, epidemias, peste por elementos químicos, etc.

Cuando se declara Estado de Excepción, se retiran las libertades de locomoción, reunión y el derecho de propiedad.

El territorio queda bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional, que designe el presidente de la República.

De acuerdo a la ley, el presidente puede:

  • Restringir las libertades de locomoción y de reunión.
  • Disponer requisiciones de bienes.
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
  • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada.

¿Solo lo puede designar el presidente?

El Estado de Excepción en Chile lo puede declarar el presidente, con aprobación del Congreso, pero el mandatario es el que luego designa quienes tienen facultades para tomar deberes y atribuciones.

A quienes se les delegue el Estado de Excepción pueden:

  • Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
  • Controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella.
  • Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
  • Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada (como las cajas de alimentos, por ejemplo).
  • Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público (como lo que engloba el Plan Paso a Paso).
  • Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
  • Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población (como los balances del Gobierno).
  • Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona (como los cordones sanitarios, permisos de desplazamiento, etc.).
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