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¿Cuánto pagan por ser vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales 2021?

Queda muy poco para las elecciones presidenciales, ¿ya revisaste si eres vocal de mesa? o ¿cuánto dinero te pagarán? Aquí las respuestas.

Vocal De Mesa Elecciones
Agencia Uno

Solo quedan dos semanas para las elecciones presidenciales 2021 por lo que se están afinando los últimos detalles para el día 21 de noviembre.

En esta misma línea el Servicio Electoral (Servel) ya publicó la nómina oficial de las personas que deberán ser vocales de mesa, quienes tendrán derecho a un pago por cumplir su labor cívica.

¿Cómo puedo saber si voy vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales?

Es muy fácil, solo debes hacer click aquí, luego de desplegará una ventana donde debes poner tu Rut y listo. Ahí sabrás si tendrás que cumplir con tu deber cívico.

¿Cuánto me pagarán por ser vocal de mesa?

Tal y como años anteriores en las elecciones, la labor de un vocal de mesa es remunerada por lo que recibirás un bono equivalente a dos tercios de UF, por cada acto electoral en el que participes, es decir, alrededor de 20 mil pesos.

Y en el caso de que quieras asistir a una capacitación podrás cobrar 6 mil 900 pesos, por lo que si cumples ambos compromisos recibirás el total de $26.900.

El dinero se pagará dentro de los dos días siguientes al término de la función y luego de que las Juntas Electorales remitan a la Tesorería General de la República las nóminas de las personas que ejercieron como vocal.

Vocal De Mesa Elecciones 1
AgenciaUno

¿Qué pasa si no asisto?

Las personas que fueron nominadas como vocales de mesa para las elecciones 2021 y no asistan, arriesgan una multa de dos a ocho Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre 105 mil pesos a los 422 mil.

Al no ir estarías cometiendo una infracción electoral que se sanciona con una multa a beneficio municipal.

¿Puedo excusarme de ser vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales?

El periodo fue desde el martes 2 hasta el jueves 4 de noviembre por lo que el plazo ya terminó. Pero la ley contempla razones específicas para quienes no puedan asistir a cumplir la labor como:

  • Ser mayor de 60 años
  • Estar embarazada
  • Ser padre o madre de un niño menor de 2 años
  • Ser cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales como dependencia o discapacidad
  • Trabajar en establecimientos de larga estadía para adultos mayores
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

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