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Senado aprueba proyecto que permite anteponer el apellido de la madre

Según esta normativa, el apellido de la madre podrá anteceder al del padre al momento de inscribir a los hijos.

Este miércoles, el Senado aprobó en general el proyecto que permite que el apellido materno pueda anteceder al paterno, al momento de inscribir a los hijos en el Registro Civil.

La normativa, que llevaba más de diez años descansando en el Congreso, finalmente dio su primer paso legislativo.

En qué consiste

La normativa obtuvo 28 votos a favor, cero abstenciones y solo uno en contra, que fue del diputado de Renovación Nacional (RN) Juan Castro. Este último, quien aludió a que el proyecto iría en contra de las tradiciones familiares.

El proyecto de ley establece que la madre y el padre podrán acordar qué apellido llevará primero su hijo.

De este modo, no será automático el apellido paterno en primer lugar.

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Qué sigue

La normativa pasará ahora a la Comisión de Mujer e Igualdad de Género, donde deberá ser revisada en particular.

Posteriormente, de ser aprobada, volverá a la sala del Senado y, eventualmente, pasará a la Cámara de Diputadas y Diputados.

‘El proyecto entrega libertad a las personas. Y además, otorga dignidad al poder escoger el apellido de un hijo cuyo padre ha estado ausente, reconocer la labor materna y cambiar el orden de su apellido de manera más fácil sin un trámite judicial’, expresó el senador Iván Moreira, uno de los autores del texto.

Además, indicó que la moción ‘da la posibilidad que los padres al momento de inscribir a sus hijos puedan, de común acuerdo, escoger el orden de los apellidos. El que debe mantenerse para los hijos menores’.

‘El proyecto de cambio de apellidos lo presenté 2005, buscando entregar libertad y dignidad a las personas para elegir el orden de los apellidos de manera más fácil. Hoy, a más de 15 años, esta iniciativa está muy cerca de ser una realidad’, agregó el Moreira en su cuenta de Twitter.

Por su parte,  se establece una norma transitoria para que los padres con hijos ya inscritos, al momento de que entre en vigencia la norma, opten a un plazo de un año para cambiar el orden de los apellidos.


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