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Infidelidad, usada como «atenuante» en caso de femicidio

Parece increíble, pero un hombre que había sido condenado a 5 años de cárcel por agredir a su mujer con una tijera de podar, no cumplirá esa pena… porque ella habría sido infiel, y se consideró un «atenuante» a favor del agresor.

Lo que te contamos pasó en Ovalle, en Chile, y partió en julio del 2015, cuando Marco Antonio Olmos Barraza atacó a su pareja con una tijera de podar. las heridas fueron tan graves, que ella estuvo en riesgo de muerte, y él fue formalizado por femicidio frustrado. La corte le dio 5 años de prisión, pero los abogados apelaron a una supuesta infidelidad de la mujer, con lo que la pena bajó a «libertad vigilada».

La sentencia fue aprobada por dos votos contra 1 por los jueces Cristian Alfonso, Claudio Weishaupt, y el voto en contra de la jueza Victoria Gallardo.

El diputado por la zona Matías Walker (DC) afirmó que “nos parece muy preocupante que en el fallo del tribunal se considere un supuesto acto de infidelidad de la mujer como circunstancia atenuante y con ello se le conceda el beneficio de la libertad vigilada al autor del delito. En pleno siglo XXI, nunca una infidelidad puede considerarse atenuante en caso de femicidio frustrado y tampoco una infidelidad de un nombre puede ser considerada una circunstancia atenuante en caso de homicidio frustrado”.

Desde FMDOS, mostramos nuestra preocupación por la violencia contra las mujeres y esperamos saber que esta sentencia cambie.


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