Actualidad

Bono clase media: SII crea mecanismo para confirmar o modificar solicitud

A partir de este sábado estará disponible la plataforma para corregir la información, en los casos que sea necesario.

Tras la polémica generada en el formulario para acceder al bono de 500.000, el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que, a partir de este sábado, se podrá corregir la postulación.

Un proceso que no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales, ni a los trabajadores cesantes o suspendidos con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía. Ellos no deberán realizar ninguna acción adicional a su solicitud.

‘Conforme a lo establecido en la Ley, se estableció un sistema de solicitud del aporte fiscal que confía en el ciudadano y le permite, bajo declaración jurada, alertándole de las consecuencias de entregar información no fidedigna, indicar los ingresos recibidos en el mes anterior (julio) a la solicitud’, indicó el SII.

‘Concretamente, de acuerdo a lo establecido en la Ley, a partir del 8 de agosto, estos contribuyentes deberán confirmar o completar la información del mes de julio que declararon en su solicitud al SII’.

De este modo, los contribuyentes podrán revisar su solicitud, confirmarla, modificarla o anularla, según corresponda.

Junaeb

Revisa: Retiro del 10% de la AFP: Solicitudes han sido rechazadas por estas razones

Así será el procedimiento

1-El SII comunicará, por correo electrónico, a aquellos contribuyentes que deben completar su solicitud, detallando paso a paso cómo realizar el trámite.

2-Una vez recibido este correo, a partir del sábado 8 de agosto el contribuyente podrá confirmar sus ingresos de julio, o bien anular su solicitud, a través de la opción disponible en www.sii.cl.

3-Si debe completar sus remuneraciones de julio, debe escoger la opción modificar e ingresar en la celda editable el monto tributable correspondiente. Es decir, sueldo bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos. Y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).

4-En caso que haya acordado con su empleador una disminución de su remuneración de julio, el contribuyente también debe ingresar el monto tributable recibido. Es decir, el valor bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).

5-Una vez indicados correctamente sus ingresos o remuneraciones, el sistema realizará el nuevo cálculo para determinar el acceso al Aporte Fiscal.

Si el ingreso del mes de julio registra una disminución del 30% o más, el sistema le indicará el monto del bono al que puede acceder, propuesta que puede aceptar y enviar, junto con elegir la forma de pago de su preferencia.


Contenido patrocinado

En vivo

Si no supiste amar...