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Autores de «Nicolás tiene dos papás» no pueden casarse tras rechazo en la Corte

La pareja buscaban demostrar un actuar arbitrario del registro civil al negar su solicitud.

La pareja buscaban demostrar un actuar arbitrario del registro civil al negar su solicitud.

No hay hora para ellos. Así comenzó el problema para Ramón Gómez y Gonzalo Velásquez, quienes se disponían a pedir hora para contraer matrimonio y encontraron la negativa por parte del Registro Civil. Fue ahí cuando comenzó el litigio legal entre la pareja y el servicio público.

Sin embargo, y en un fallo unánime, la Corte de Apelaciones descartó el actuar arbitrario del servicio recurrido al negar la solicitud efectuada por los profesionales autores del cuento “Nicolás tiene dos papás”.

“Las normas sobre estado civil vigentes en nuestra legislación nacional, son de orden público, de manera que no puede disponerse por voluntad de las personas ni tampoco puede existir una interpretación extensiva de ellas”, dice el documento.

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Se ampara en el Código Civil

La Corte apela al artículo 102 del Código Civil, el que se refiere a que “el matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual y e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”.

Lo que se añade que “se está en presencia de un acto emanado de autoridad competente, es decir, dando cumplimiento en forma estricta a lo dispuesto por los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República, situación que descarta de inmediato la supuesta ilegalidad”.

El pasado 17 de enero, la pareja llegó hasta la Corte de Apelaciones para presentar un recurso de protección contra el Registro Civil, luego de que se les negara una hora para casarse.

Santiago, 15 de enero 2019
Hasta el Registro Civil de Santiago llega una pareja gay con 19 años de relación para pedir una hora de matrimonio.
Dragomir Yankovic/Aton Chile

La pareja, que lleva 19 años de relación, contó con el respaldo de la abogada del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Mónica Arias, quien explicó que el recurso se basa “en el artículo 5 de la Constitución de la República, donde se establece que Chile está obligado a respetar los tratados internacionales”.

“Tal es el caso de la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual ampara el matrimonio entre personas del mismo sexo”, añadió la profesional en esa oportunidad, argumento que no fue acogido por el tribunal de alzada.

 


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