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¿A quienes beneficia el aguinaldo de Navidad para pensionados?

En diciembre, el Estado entrega un aguinaldo de Navidad a los pensionados. En FMDOS te dejamos la lista de quienes recibirán este beneficio en 2019.

Aguinaldo

En diciembre, el Estado de Chile entrega un aguinaldo de Navidad a los pensionados, para ayudar a solventar los gastos de este mes.

Este año, el monto base de este aguinaldo es de 22 mil 452 pesos, y sólo se pagará a aquellas personas que estén pensionadas al 30 de noviembre de 2019.

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Cabe señalar que este aguinaldo de Navidad para pensionados no está afecto a descuentos y no es imponible. Lo anterior, significa que no se considera para el pago de impuestos ni de cotizaciones previsionales y/o de salud.

Según la información entregada por el Gobierno, este pago del aguinaldo viene incluido en la pensión mensual, por lo que los pensionados verán el monto reflejado en su pago, sin necesidad de hacer ningún trámite adicional.

Para el caso de los pensionados del IPS, las personas que cobran en forma presencial recibirán el pago del aguinaldo junto con su pensión en el local de pago habitual. El beneficio también se paga vía Cuenta RUT o a través de depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, para aquellos pensionados que tienen establecida alguna de esas modalidades de pago de pensión.

¿Quiénes son beneficiarios de este aguinaldo de Navidad?

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N° 19.129, artículo 11).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.

Si tienes más dudas, puedes ingresar a la página web del Instituto de Previsión Social en ESTE ENLACE.


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