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Presidente Piñera promulga Ley Nacional del Cáncer: ¿En qué consiste?

La ley aborda la enfermedad desde la prevención, la detección precoz y la atención oportuna de los pacientes.

El Presidente de la República promulga la Ley del Cáncer

Este miércoles, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la Ley Nacional del Cáncer Claudio Mora, que establece un marco para la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas, destinadas a prevenir el aumento de la incidencia del cáncer, y asegurar un tratamiento oportuno y de calidad a los pacientes oncológicos.

La ley está destinada a enfrentar la situación de 45 mil personas que anualmente son diagnosticadas con algún tipo de cáncer en Chile, patologías que representan la segunda causa de muerte a nivel nacional, y la primera en algunas regiones del país.

“Con la promulgación de esta ley no sólo estamos saldando una deuda histórica con quienes padecen esta enfermedad y con sus familias, sino también, avanzando hacia un Chile un poco más humano, justo y solidario”, expresó Piñera durante el acto en el Palacio de La Moneda.

En la ceremonia también estuvieron presentes la Primera Dama Cecilia Morel, los ministros de Salud, Enrique Paris, de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Monckeberg y de la Segegob, Jaime Bellolio; parlamentarios y autoridades.

Además, se realizó un homenaje al Dr. Claudio Mora, oncólogo que falleció de cáncer y que da nombre a la ley, al que asistieron sus familiares; el esposo de la periodista Javier Suárez, Cristián Arriagada; los senadores Francisco Chahuán y Carolina Goic, promotores de la iniciativa; representantes de agrupaciones y asociaciones del combate contra la enfermedad.

De acuerdo con datos del Departamento de Estadísticas e Información en Salud (DEIS), del Ministerio de Salud, ya en el año 2015 las enfermedades oncológicas constituían la segunda causa de muerte del país y la primera en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Coquimbo, el Maule, Los Lagos y Aysén.

Hoy, tres personas mueren por hora de cáncer en el país.

¿En qué consiste la Ley Nacional del Cáncer?

La ley aborda la enfermedad desde la prevención, la detección precoz y la atención oportuna de los pacientes. Se crea la Red Oncológica Nacional, que constará de centros especializados, y el Fondo Nacional del Cáncer, para financiar programas de investigación, prevención y detección temprana.

A continuación puedes revisar cada punto con detalle:

  1. Creación del Fondo Nacional del Cáncer: destinado a financiar total o parcialmente los programas y proyectos relacionados con la investigación y estudio para la implementación del Programa Nacional del Cáncer,así como el estudio, evaluación, promoción y desarrollo de iniciativas de prevención y pesquisa temprana.. El fondo se compone de aportes provenientes de la Ley de Presupuestos; cooperación internacional; donaciones, herencias o legados y recursos del Fondo de Desarrollo Regional, y pueden ser adjudicados mediante concurso público convocado por la Subsecretaría de Salud Pública de forma semestral.
  2. Formación de especialistas para el tratamiento del cáncer: tanto médicos y otros profesionales de la salud como investigadores, lo cual estará coordinado con el Ministerio de Educación y el de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
  3. Creación de la Red Oncológica Nacional: constará de centros especializados que serán parte de la Red Asistencial de Salud, con el propósito de entregar diagnósticos, tratamientos y seguimiento de los pacientes. Estos centros serán clasificados como centros de Alta, Mediana y Baja complejidad.
  4. Creación del Registro Nacional del Cáncer: contendrá la información de pacientes que padecen esta enfermedad con el propósito de contar con estadísticas actualizadas para el desarrollo de políticas públicas.
  5. Creación de Comisión Nacional del Cáncer: la cual deberá asesorar al Ministerio de Salud (Minsal) en la formulación de las políticas, en la investigación científica e implementación de estrategias y prácticas de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos en lo relativo al cáncer. .
  6. Tutela laboral: incorporación de normas para proteger a los trabajadores que padezcan cáncer, considerando que ninguna contratación, permanencia o renovación de contrato podrá condicionarse a la enfermedad. Asimismo, cualquier despido de un trabajador declarado como discriminatorio será considerado grave por basarse en el padecimiento del cáncer.
  7. Cáncer como política de Estado: Al ser política de Estado, será una carta de navegación para enfrentar la enfermedad que será la causa de muerte en Chile en los últimos años.

FOTOS: AGENCIA UNO.


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