Desde este miércoles 13 de agosto comienzan a regir los nuevos prefijos para llamadas telefónicas de spam o no deseadas.
Esta medida es impulsada por la SUBTEL (Subsecretaría de Telecomunicaciones) y busca mayor transparencia y protección al consumidor.
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La medida que todos estaban esperando en Chile: los nuevos prefijos
A contar de este miércoles, todas las llamadas comerciales por vía telefónica en Chile deben incluir un prefijo que indique su procedencia. A continuación, te contamos cuáles son:
- 600: llamadas solicitadas por el cliente.
- 809: llamadas no solicitadas, como campañas de promoción y ventas.
Según David Lacobucci, Gerente General de Redvoiss: “Esta nueva regulación afecta a las empresas que realizan campañas publicitarias telefónicas para promocionar o vender sus productos y servicios”.
“El plazo oficial para implementar los cambios venció el 7 de agosto de 2025, lo que implicó la adaptación de las centrales telefónicas y plataformas de llamadas automatizadas para diferenciar ambos tipos de comunicación”, complementó.
Lacobucci también aseguró que: “No se trata sólo de cumplir la ley, sino de construir relaciones más transparentes y efectivas con los clientes. Las compañías deben adaptarse a este cambio en un contexto de mercado con consumidores y clientes cada vez más exigentes”.
Tras la implementación de los nuevos prefijos: estas son las recomendaciones para las empresas
Conoce algunos consejos que las empresas deberían tener en cuenta:
- Revisar políticas de privacidad y mecanismos de captación de datos.
- Verificar que las herramientas telefónicas soporten los nuevos prefijos.
- Evaluar la operación si se utilizan contact centers internacionales.
- Capacitar al personal en gestión ética de datos y cumplimiento normativo.
Hay que aclarar que esta medida se suma a la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales, que entrará en vigencia en diciembre de 2026 y que introduce exigencias como consentimiento explícito para el uso de datos, derecho a la portabilidad de la información, y multas de hasta 20.000 UTM por cada incumplimiento.
En el caso de que las empresas no cumplan con esta normativa, podrían ser sancionadas con una amonestación o con multas que van desde las 5 a 5.000 UTM.
