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¿En qué consiste el segundo retiro del 10%? Revisa quiénes podrían sacar el dinero

Ad portas de la discusión del proyecto en el Congreso, te contamos de qué se trata la iniciativa que apunta a un segundo retiro de los fondos provisionales.

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Por estos días mucho se ha hablado sobre la posibilidad de un segundo retiro del 10% de las AFP y se espera que este miércoles comiencen las discusiones en el Congreso.

¿De qué se trata el segundo retiro del 10%?

Hasta al momento se han presentado dos proyectos, uno liderado por la diputada Pamela Jiles y otro por su par, Karim Bianchi. Estos apuntan a permitir un nuevo retiro del 10% de los ahorros provisionales, a todo aquel que aún cuente con dinero en su AFP.

Esta vez, el beneficio sería a partir de diciembre de 2020. «Es altamente probable, que tal como les prometí, podamos llegar a la Navidad con este segundo retiro del 10% en sus bolsillos», detalló Jiles.

Los requisitos en cuanto al monto que podrían retirar los afiliados serían los mismos que en el primer retiro del 10%. Es decir, los que poseen menos de 10 millones podrían retirar máximo 1 millón de pesos.

Por lo demás, ambos proyectos proponen que se pueda embargar el 10% de los deudores de pensiones alimenticias sin que existe una solicitud previa por parte del padre. 

Según consigna «24 horas», este sería el detalle de los dos proyectos.

PROYECTO DE PAMELA JILES

  • Retirar un monto máximo de retiro el equivalente a 150 Unidades de Fomento y un mínimo de 35 Unidades de Fomento
  • En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.
  • En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta
  • Pagar este dinero en una sola cuota
  • Posibilidad de embargar 10% de deudores de alimentos sin previa solicitud de retiro
  • No serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa
  • Se podría pedir mediante plataforma con soporte digital, telefónico y presencial que al efecto dispongan las administradoras de fondos de pensiones, asegurando un proceso eficiente y sin demoras.

PROYECTO DE KARIM BIANCHI

  • El mecanismo propuesto es similar a lo prescrito en la norma constitucional que permitió el retiro excepcional de fondos que tuvo por objeto mitigar los efectos sanitarios de la pandemia, debido a que, en líneas generales, operó de manera satisfactoria
  • Posilibilidad de reintegro de este segundo retiro para poder volver a sacarlo cuando se estime conveniente y las veces que lo estimen necesario
  • Libre de impuestos y comisiones
  • Posibilidad de embargar 10% de deudores de alimentos sin previa solicitud de retiro
  • Se conservan los principios de universalidad, considerando a los pensionados por vejez, invalidez y sobrevivencia


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