A contar del 15 de mayo del 2025, todos los vehículos motorizados que circulan por el territorio nacional deben de contar con la patentes grabada en todos los vidrios y espejos.
De acuerdo a la Ley 21.601, esta medida busca reducir el robo de piezas de los automóviles, además de establecer que, a lo menos, seis vidrios del vehículo deben contar con el grabado.
En el caso de automóviles que cuenten con más vidrios, como furgones o buses, la ley conserva la exigencia mínima de grabar la patente en seis vidrios y los espejos laterales.
Por otro lado, en el caso de motocicletas, estas deben contar con la patente en todos sus espejos.
Formalidades del grabado
El grabado de la patentes debe cumplir con ciertas especificaciones, como tamaño y tipo de letra. Te las comentamos a continuación:
- Tamaño de los caracteres:
- En los vidrios, las letras y los dígitos deben tener una altura de entre 7 y 10 milímetros.
- En los espejos laterales, las letras y los dígitos deben tener una altura de entre 5 y 10 milímetros.
- Formato y estilo:
- Las letras deben estar siempre en mayúscula.
- Deben ser legibles y en un formato normal, sin utilizar cursiva ni negrita.
- Durabilidad y técnica de grabado:
- El grabado debe ser permanente y debe implicar un desgaste en el vidrio o el espejo, independientemente de la técnica utilizada.
- Algunas de las técnicas permitidas incluyen el arenado, tallado o el uso de ácido, entre otras.
El objetivo de estas especificaciones es que el grabado sea duradero, visible y que no pueda ser fácilmente alterado.
¿Qué ocurre al no cumplir la normativa?
A partir del 15 de mayo del 2025, quienes sean inspeccionados por fiscalizadores, Carabineros o inspectores y no cuenten con el grabado, estarán sujetos a una multa entre 1 hasta 1,45 UTM.
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